Exención de Cargo por Servicio Público FET para PYMES.
Estimadas/os clientes:
Junto con saludar y de acuerdo con la Resolución Exenta N°86, en la cual se establecen las disposiciones técnicas para la implementación de la Ley N°21.472 correspondiente al Fondo de Estabilización de Tarifas, tenemos el agrado de informar qué:
Las PYMES que formen parte de nuestras redes y que presenten un consumo promedio igual o inferior a 1.000 kWh en los últimos doce meses anteriores al periodo de facturación; podrán solicitar la exención del pago del fondo anteriormente señalado, el cual se recauda a través del Cargo por Servicio Público FET (Fondo de Estabilización de Tarifas), según sea su tramo de consumo. Para optar a este beneficio, las empresas deberán presentar una solicitud en la oficina de atención clientes ubicada en Aníbal Pinto N°570, Cabrero.
Para dicha solicitud, las PYMES deberán entregar los siguientes antecedentes:
a) Razón social de la empresa.
b) Rol único tributario.
c) Domicilio.
d) Número de cliente eléctrico.
e) Correo electrónico, a efectos de las notificaciones que procedan.
f) Certificado o comprobante del Servicio de Impuestos Internos que acredite la condición de microempresa o pequeña empresa según el Artículo Segundo de la Ley Nº20.416, el cual no deberá tener una antigüedad superior a un mes.
Posteriormente a la entrega de los antecedentes, dicha solicitud será evaluada para ser aceptada o rechazada según corresponda a los criterios mencionados; en caso de que la evaluación sea positiva, esta se verá reflejada en su próximo documento de cobro exceptuando el cobro del CSP FET.
Sin nada más que acotar, les saluda cordialmente.
Cooperativa Eléctrica Charrúa Ltda.